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Ecuador pone el ejemplo.

El pasado septiembre, Ecuador hizo historia. Una mayoría aprobó en referendo una nueva Constitución que coloca al país sudamericano en la vanguardia mundial en el tema de la movilidad humana. Hasta ahora todo es teoría, pero desde el sur, desde el subdesarrollo ya se ha abierto una ventana de esperanza para los millones de migrantes del mundo.

Por Ricardo Pérez Zúniga | Bilbao | Octubre - Noviembre del 2008

Bilbao, País Vasco.- Dos maneras de concebir la migración del siglo XXI se materializaron este verano en sendas leyes que repercutirán en la vida de miles de personas en ambos lados del Atlántico, al norte y al sur.
Mientras que en Europa el mundo desarrollado aprobó la llamada directiva del retorno -que criminaliza la inmigración indocumentada e irregular-, en América Latina, Ecuador avaló una nueva Constitución que garantiza el derecho a migrar y que no considera a ningún ser humano ilegal por su condición migratoria.
El nuevo texto constitucional ecuatoriano, aprobado en referéndum el pasado domingo 28 de septiembre, defiende, entre otras cosas, el principio de ciudadanía universal -que nadie tenga barreras para viajar de un país a otro- así como la progresiva eliminación del estatus de extranjero "como elemento transformador de las relaciones desiguales entre Norte y Sur".
El documento también otorga el derecho al voto a los residentes en el exterior por primera vez y permite al extranjero con más de cinco años de residencia en el país participar en el quehacer político y sufragar sin necesidad de convenios bilaterales con los países de origen, como actualmente requiere el gobierno español.
"Es una decisión coherente", explica Alberto Acosta en una entrevista exclusiva con NUEVO EUSKADI celebrada a finales de septiembre. "No es posible mantener políticas de doble moral: propender a que los emigrantes ecuatorianos obtengan un trato justo en el exterior y negar sistemáticamente esos derechos anhelados a los extranjeros en Ecuador".
En los últimos siete años, más de un millón de ecuatorianos ha emigrado. Más de tres millones residen actualmente en el exterior, 427 mil de ellos en el Estado español, y poco menos de 7 mil 500 en la Comunidad Autónoma del País Vasco, pero el país sudamericano es también un importante destino de migrantes. Un millón 800 mil personas originarias de otros países  -entre ellos miles de desplazados colombianos- viven en la nación andina. "Por eso, esta Constitución asegura similares derechos a los extranjeros y a los ecuatorianos que viven en Ecuador", detalla el ex asambleísta.
Economista de profesión, Alberto Acosta Espinosa (Quito, 1948) vivió en carne propia el parto de la nueva Carta Magna. Presidió la Asamblea Nacional Constituyente desde que se instaló el 30 de noviembre en Montecristi, en la provincia de Manabí, y renunció a su cargo el 24 de junio, un mes antes de que finalizara la redacción del texto constitucional.
Con amplios estudios académicos sobre el fenómeno de la migración, Acosta define a la nueva Constitución como pionera en el campo de la movilidad humana.
"En nuestro horizonte, concientes que será largo y complejo el camino, está un mundo sin fronteras", asegura el líder del movimiento Acuerdo País, ex Ministro de Energía y Minas y el asambleísta más votado, quien recorrió Ecuador en campaña a favor del Sí a la Constitución.
Académicos y representantes de ecuatorianos en el extranjero coinciden en que aún están por verse los beneficios reales que traerá el nuevo texto constitucional. Falta por ver la redacción de las leyes y normas secundarias, pero por lo pronto el diálogo y la construcción de acuerdos con los países destino, como Euskadi, se presentan como claves en la construcción de un mejor futuro para sus migrantes.  
Este es un extracto del diálogo que NUEVO EUSKADI mantuvo con el doctor Acosta Espinosa.

¿Cómo se llega a la idea de la eliminación progresiva del estatus de extranjero y hasta dónde se piensa llegar?

En el proceso político ecuatoriano, sobre todo en los últimos, años el fenómeno migratorio cobro inusitada fuerza política, más allá de su incidencia económica a través de crecientes remesas financieras. En pocos años el país vivió una verdadera estampida emigratoria, acompañada de un sostenido flujo de inmigrantes colombianos y peruanos, especialmente. Esta realidad, unida a la búsqueda de una posición coherente de defensa de los derechos de nuestros compatriotas en el exterior, nos llevó a la conclusión de que no es posible mantener políticas de doble moral: propender a que los emigrantes ecuatorianos obtengan un trato justo en el exterior y negar sistemáticamente esos derechos anhelados a los extranjeros en Ecuador.
Por lo tanto, los derechos y deberes que se establecen en la Constitución no son únicamente para los ciudadanos ecuatorianos sino también para todo ser humano que habite el territorio ecuatoriano (Art. 9). A su vez, el nuevo proyecto (a diferencia de la Constitución de 1998 que no nombra a los migrantes) plantea el derecho a la migración: “se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria” (Art. 40).
Los extranjeros que tengan residencia de cinco años en el país, por ejemplo, podrán ejercer el derecho al voto, sin necesidad de acuerdos bilaterales con sus países de origen. No podrán ser devueltos o expulsados a un país donde su vida, libertad, seguridad o integridad o la de sus familiares peligren por causa de su etnia, religión, nacionalidad, ideología, pertenencia a determinado grupo social, o por sus opiniones políticas. Se prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesos migratorios deberán ser singularizados.
En nuestro horizonte, concientes que será largo y complejo el camino, está un mundo sin fronteras, en donde “todos los hombres volverán a ser hermanos” (Friedrich Schiller).

¿Se podría considerar a la nueva Constitución como una respuesta de Ecuador a las políticas europeas de migración, como la llamada directiva del retorno o de la vergüenza?

De alguna manera sí. Esta Constitución, en el ámbito de la migración, ofrece avances pioneros a nivel mundial, mientras en otras regiones se cierra la puerta a los inmigrantes… Definitivamente, en beneficio de nuestros compatriotas emigrantes y de relaciones equitativas entre los países, no esperamos a que cambie el mundo para recién entonces avanzar en el campo de la migración, nosotros actuamos para provocar el cambio del mundo…

Los Artículos:

Art. 40.- Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se considerará a ningún ser humano ilegal por su condición migratoria. 1. El Estado (...) ofrecerá asistencia a ellas (personas ecuatorianas en el exterior) y a sus familias, ya sea que estas residan en el exterior o en el país. 2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos. 3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior. 4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario.
Art. 42.- Se prohíbe todo desplazamiento arbitrario. Las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria urgente de las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos y sanitarios.
Art. 391.- El Estado generará y aplicará políticas demográficas que contribuyan a un desarrollo territorial e intergeneracional equilibrado y garanticen la protección del ambiente y la seguridad de la población, en el marco del respecto a la autodeterminación de las personas y a la diversidad.
Art. 382.- El Estado velará por los derechos de las personas en movilidad humana y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de gobierno.
Art. 416. 6.- Propugna el principio de la ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta, en especial el de promover mecanismos que expresen, preserven y protejan el carácter diverso de sus sociedades, y rechaza el racismo, la xenofobia y toda forma de discriminación. 7. Exige el respecto de los derechos humanos, en particular de los derechos de las personas emigrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el cumplimiento de las obligaciones asumidas con la suscripción de instrumentos internacionales de derechos humanos.

Alberto Acosta participó en el III FSMM de Rivas, Vaciamadrid.

La frase
"No esperamos a que cambie el mundo para recién entonces avanzar en el campo de la migración, nosotros actuamos para provocar el cambio del mundo."

Alberto Acosta, ex presidente de la Asamblea Constituyente de Ecuador.
¿ Que beneficios concretos tendrán los ecuatorianos en el exterior ?

El Estado ofrecerá asistencia a los y las emigrantes y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.

- Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos.
- Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.
- Promoverá sus vínculos con el Ecuador.
- Facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario.
- Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.
- Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.
- Generará incentivos al retorno del ahorro y de los bienes de las personas migrantes, para que el ahorro de las personas y de las diferentes unidades económicas se oriente hacia la inversión productiva de calidad que decidan los propios emigrantes.

 

Entrevista a Santiago Morales

"Ya no se nos puede ofrecer canastas de demagogia"

Ricardo Pérez y Wilson Quintero. Bilbao, País Vasco.-  La nueva Constitución de Ecuador avanza en el reconocimiento del derecho que tiene todo ser humano de trasladarse al sitio que sea sin ningún impedimento, pero los efectos reales del texto  

constitucional aún están por verse considera Santiago Morales, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Ecuador.

"(Estos efectos) están supeditados a la creación de varias leyes que garanticen
derechos y obligaciones, amén de formalizar varios tipos de acuerdos bilaterales con los Estados de amplia migración ecuatoriana", explica Morales en entrevista con NUEVO EUSKADI.

Si bien admite que la nueva Constitución coloca a su país en la vanguardia mundial en materia de migración, el activista ecuatoriano se muestra escéptico sobre las reacciones que pudiera tener en el resto de los países receptores de migrantes.  "Para muchos partidos políticos seguimos siendo ciudadanos de segunda o tercera categoría y no olvidemos que algún partido no ha escatimado opiniones de índole xenófoba y racista en contra de los inmigrantes, culpándonos de todos los males y de la crisis que atraviesa España. Si bien la Constitución aprobada en el Ecuador, es un modelo, de garantía de derecho de las migraciones, no se puede aplicar la misma a otros estados por la misma dinámica y práctica de cada país", remata.

Pero, para Morales, con el nuevo texto también se presenta una oportunidad para llevar a los altos niveles del Gobierno reivindicaciones de los colectivos de migrantes. "La política ecuatoriana notará cierta influencia de la migración, al ver como protagonistas a representantes elegidos democráticamente fuera de sus fronteras, en el caso de Europa, creo que en la próxima legislatura, tendremos tres representantes y estos deberán convertir la voz de los migrantes en su propia voz, con una serie de reivindicaciones que van más allá de políticas clientelares, pues a los que vivimos en España por ejemplo ya no se nos puede ofrecer canastas de demagogia, como aún se lo hace en Ecuador".

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